El acoso escolar o “bullying”, un delito sin sanción.
http://www.saber.ula.ve/handle/123456789/4373/discover?query=El+acoso+escolar+o+%E2%80%9Cbullying%E2%80%9D%2C+un+delito+sin+sanci%C3%B3n.&x=9&y=19
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Demanda en nulidad, algunos ejemplos-casos para acudir a ella.
Por:
Dr. Manuel Coronado,
Abogado-Cpa-Investigador
Docente de grado y post grado
Universidad Uteco- Ucne- Curne- Isend.
29-3-2024.
1) Falta de capacidad legal de las partes: Si una de las partes que participa en un contrato o acto jurídico carece de capacidad legal para celebrarlo (como un menor de edad no emancipado), dicho contrato puede ser declarado nulo.
2) Vicios en el consentimiento: Si una de las partes es víctima de error, dolo, violencia o intimidación al momento de celebrar un contrato, dicho contrato puede ser anulado por vicios en el consentimiento.
3) Contratos contrarios a la ley o al orden público: Si un contrato o acto jurídico es contrario a la ley o al orden público, puede ser declarado nulo.
4) Falta de forma o solemnidades legales: Algunos actos jurídicos requieren cumplir con ciertas formalidades o solemnidades establecidas por la ley. Si estas no se cumplen, el acto puede ser declarado nulo.
Como nota a considerar, es importante recordar que la nulidad de un acto procesal puede ser solicitada ante los tribunales competentes por las partes afectadas o por terceros con interés legítimo.
En conclusión, en este escrito se ha presentado y desastrado que la demanda en nulidad en el ordenamiento jurídico dominicano es una figura jurídica que deja ver la madurez jurídica de nuestra noción, la cual esta expresada en los documentos oficiales, de manera especifica en la constitución, la ley, y de forma aplicada, se confirma en la jurisprudencia emanada de distintas instancias del sistema judicial dominicano.
Medios de Control del Estado Dominicano Sobre la Actividad Económica
Por:
Dr. Manuel Coronado,
Abogado-Cpa-Investigador
Docente de grado y post grado
Universidad Uteco-Ucne-Curne-Isend.
Introducción.
El Estado dominicano dispone de diversos medios para controlar y regular la actividad económica en el país. Estos medios se derivan de la Constitución y las leyes; Ellos se dividen en acciones que puede tomar el gobierno y aquellas que están legalmente a cargo del Estado. Mas abajo destacamos dichos medios:
Políticas Monetarias y Fiscales:
Regulación y Supervisión:
Propiedad Estatal y Empresas Públicas:
Planificación y Desarrollo Económico:
Derechos de Propiedad y Contratos:
Conclusión.
El Estado y el Gobierno son dos jurisdicciones que se complementan y coexisten de manera armoniosa, ya que el Gobierno es parte del Estado. El Estado lo constituyen, un territorito, las personas-ciudadanos, un idioma oficial, una monera de circulación oficial, y las instituciones. Así como los tres poderes del Estado (Poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial).
El Gobierno lo encabeza el poder ejecutivo, quien dirige las instituciones que integran el Estado. Siendo así, este debe crear y poner en marcha diversas acciones en favor de las personas, esas acciones pueden ser presentadas como políticas oficiales. Por vía de consecuencias, los medios de que dispone dispone el Estado para poseer control de la actividad económica nacional estarán siempre fraccionados, en dos, unos que vienen dados por la constitución misma y las leyes particulares de cada institución del Estado y las surgen de las acciones que el Gobierno puede poner en marcha para poseer ese control.
Dicho de otra manera, los medios que posee el Estado dominicano, o los que utiliza para poseer ese control son una combinación de políticas, y regulaciones de la propiedad estatal, planificación y protección legal para controlar la actividad económica. Estos medios son esenciales para mantener un equilibrio entre el crecimiento económico y el bienestar social.
Referencias:
1: El sistema económico de la Constitución dominicana 2: Situación política y económica actual en República Dominicana 3: Informe de la Economía Dominicana