CONTRATO DE SERVICIO Y
TRABAJOS DE RELACIONES PÚBLICAS
Entre:
De una parte; LAS
COSAS SAGRADAS, SRL, entidad comercial,
organizada y constituida de conformidad con las leyes de la Republica Dominicana,
con RNC. No. 056-001XXXXX y Registro Mercantil No.18XXX con su domicilio social
localizado en la ciudad y municipio de San Francisco de Macorís, Provincia
Duarte, debidamente representada por su presidente-administrador, el señor el SR. CARLOS JOSE VILLAGRAN, dominicano
mayor de edad, soltero, Ingeniero Civil, portador de la Cedula de identidad y
electoral número 056-XXXXXXXXXX, y residente en esta ciudad, quien en lo
adelante se denominará EL EMPLEADOR o
por su razón o por su nombre completo.
Y de la otra parte, la señora, MARIA FEFA GARCIA, ciudadana colombiana, mayor de edad, soltera, Trabajadora
de la Publicidad,
portadora de la cedula de identificación Personal y de Ciudadanía, numero 1.
065.XXXXXXX, domiciliada y residente en la manzana XXXX, Casa No. XX,
Urbanización XXXX, VALLEDUPAR (CESAR), y con domicilio Ad-hot en la calle Rivas No. XX, de esta ciudad de
San Francisco de Macorís, Republica Dominicana, quien en lo adelante se denominará
EL EMPLEADO, EL PUBLICISTA, o por su propio nombre completo.
Cuando
sean referidos conjuntamente EL EMPLEADOR Y EL EMPLEADO serán denominados como LAS
PARTES.
PREAMBULO
POR CUANTO: EL EMPLEADOR necesita contratar los servicios de una
persona que realice el trabajo de GERENTE DE OPERACIONES, en el proyecto de
expansión y crecimiento de nuestra entidad comercial, en el área de Ventas y
Servicios en General desde San Fco. De Macorís para todo el territorio nacional
e internacional. (En lo referente adelante EL SERVICIO).
POR CUANTO: EL EMPLEADO, cuenta con la Calidad y Calificación
necesaria y requerida para la realización de lo requerido, EL SERVICIO.
POR CUANTO: EL EMPLEADOR entiende que el EMPLEADO es calificado
para EL SERVICIO.
POR TANTO, y en el entendido de que el anterior
preámbulo forma parte del presente contrato, Las partes libres y voluntariamente
y de buena fe.
HAN CONVENIDO Y PACTADO LO
SIGUIENTE:
ARTICULO 1: OBJETO DEL CONTRATO
1.1. EL EMPLEADO por medio del presente contrato, se obliga
a realizar los trabajos de GERENTE DE OPERACIONES en el proyecto de expansión y
crecimiento de nuestra entidad comercial, en el área de Ventas y Servicios en
General desde San Francisco de Macorís para todo el territorio nacional e
internacional por su propia cuenta e
independencia, debiendo entregar
cada lunes en horas de la mañana
un total de XX FORMULARIOS llenos con todos
los generales de los compradores de nuestros servicios y sus pedidos,
detallando los términos, condiciones y plazos acordados para la venta.
1.2. Queda expresamente convenido que EL EMPLEADO por este medio se obliga a
realizar por su propia cuenta e independencia, El servicio para lo cual ha sido
contratado con seriedad y esmero, comprometiéndose asimismo a ejecutar todas las
obligaciones estipuladas en este contrato.
1.3. Para los servicios de EL EMPLEADO en los trabajos de GERENTE
DE OPERACIONES, sin que este listado pueda considerarse limitativo sino
enunciativo, se acoge a las siguientes obligaciones:
Debe
entregar conjuntamente con los 60 FORMULARIOS, un reporte de las operaciones y
gestiones que ha desarrollado durante la semana a la que corresponda dicho
reporte.
Debe
llevar un historial de las ventas realizadas bajo su gestión y el estado de
cuentas de dichas ventas, detalladas por clientes (cuentas por cobrar).
Debe
reunirse diariamente en horas de la mañana con el SUPERVISOR DE OPERACIONES del
EMPLEADOR, el SR. JXXXXXXX, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la
cedula de identidad y electoral numero 056-XXXXX, con el propósito entregarle
un informe, tanto verbal como por escrito, de las novedades del día anterior y
los planes de trabajo del día actual, así como requerirle los materiales
gastables o el mantenimiento de los equipos electrónicos con los cuales realiza
sus servicios.
ARTICULO 2: DECLARACION DE REPRESENTACION.
2.1 LAS PARTES
convienen y entienden que las personas que aparecen
firmando
este documento, son las autorizadas para obligar a sus respectivas entidades a
los términos del contrato o sus representantes autorizados y debidamente
notificados a ambas PARTES.
2.2 Este
contrato contiene todas las estipulaciones, condiciones y disposiciones
acordadas entre LAS PARTES, ningún agente o representante de cualquiera de LAS PARTES, que no tenga la autoridad
contractual podrá hacer representación, promesa o acuerdo alguno, no
establecido en este documento, y las declaraciones, compromisos y convenios que
no consten en el mismo, no obligaran a LAS
PARTES, ni comprometerán su responsabilidad.
ARTICULO 3: OBLIGACIONES DEL EMPLEADO
3.1
EL EMPLEADO obliga a:
Desarrollar
una campaña publicitaria tendente a incrementar las Ventas y los Servicios que
ofrece la entidad comercial LAS COSAS
SAGRADAS, SRL.
A
la realización de un estudio DE FACTIBILIDAD cada seis meses (6 meses), con el
objeto de determinar los lugares del país donde mas efectivamente se debe
concentrar las actividades comerciales de
LAS COSAS SAGRADAS, SRL.
PARRAFO: La
campaña publicitaria será medida por la entrega semanal de 60 FORMULARIOS
llenos con todos los generales de los compradores de nuestros servicios y sus
pedidos, detallando los términos, condiciones y plazos acordados para la venta.
Dichos formularios deberán ser entregados al SUPERVISOR DE OPERACIONES del
EMPLEADOR en un medio de almacenamiento magnético
3.2. Personal de EL
EMPLEADO.
EL EMPLEADO se suministrará
todo el personal de soporte que necesite para realizar El Servicio, este
personal estará bajo la dependencia de EL
EMPLEADO. EL EMPLEADOR, no tiene ningún compromiso laboral con el personal
que EL EMPLEADO contratare.
3.3
EL EMPLEADO deberá aumentar la cantidad de personas
bajo su dirección, si existen evidencias de atraso en El Servicio para el cual EL EMPLEADO
fue contratado, sin que esto implique costo extra para EMPLEADOR.
3.4
EL EMPLEADO cumplirá con el tiempo previsto en el
artículo 6.1 de este contrato, y trabajará los horarios diarios y semanales que
desee, sin costo extra para EL EMPLEADOR.
3.5
EL EMPLEADO se compromete a responder y a
solucionar, a su costo y riesgo, cualquier inconveniente que pudiera surgir a
consecuencia de la ejecución de El Servicio objeto del presente contrato que
pudiera afectar a EL EMPLEADOR, o a terceras
personas, liberando a EL EMPLEADOR de
cualquier responsabilidad por ese concepto.
3.6
EL EMPLEADO será responsable y mantendrá a EL EMPLEADOR indemne o exento de toda
reclamación o demanda por daños a terceros o a sus propiedades que surjan de
los actos u omisiones de EL EMPLEADO durante
la ejecución de El Servicio objeto del presente Contrato.
3.7
EL EMPLEADO se compromete a mantener debidamente
informada a EL EMPLEADOR del
desarrollo de los trabajos del Servicio, así como de cualquier eventualidad que
pudiera presentarse en el desarrollo y ejecución objeto del presente contrato.
3.8
El
incumplimiento por parte de EL EMPLEADO
de las condiciones antes mencionadas, concederá a EL EMPLEADOR el derecho de poner término al presente contrato,
previa notificación a EL EMPLEADO.
3.9
EL EMPLEADO por este medio autoriza a EL EMPLEADOR a realizar las retenciones
y deducciones correspondientes al pago de los impuestos previstos por
legislación tributaria de la Republica Dominicana, si aplica.
ARTICULO 4: PRECIO DEL CONTRATO
4.1
EL EMPLEADOR pagara a EL EMPLEADO para El Servicio objeto de este contrato la suma
mensual de XXXXXX MIL PESOS DOMINICANOS
CON 00/100 (RD$ XXXXX.00), por concepto de los trabajos de GERENTE DE
OPERACIONES, en el proyecto de expansión y crecimiento de la entidad comercial LAS COSAS SAGRADAS, SRL, en el área de
Ventas Y Servicios desde San Francisco de Macorís para todo el territorio
nacional e internacional. MAS el cinco
por ciento (5%) del valor de las ventas efectuadas por EL EMPLEADO. El pago de este valor será realizado mensualmente,
reteniendo el impuesto de Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS), por ser
persona física y el impuesto sobre la renta (I.S.R), del XXX por ciento (XX%)
sobre honorarios profesionales, previamente aprobado por EL EMPLEADOR para su desembolso.
ARTICULO 5: FORMA DE PAGO
5.1
El
precio indicado en el artículo 4 de este contrato, será pagado a EL EMPLEADO por EL EMPLEADOR de la siguiente manera:
- La
suma de XXXX MIL PESOS ORO CON 00/100 (RD$XXXX00.00). El pago de este valor será realizado mensualmente,
reteniendo el impuesto de transferencia de Bienes y servicios (ITBIS), por
ser persona física y el impuesto sobre la renta (I.S.R.), del dos por
ciento (XX%) sobre honorarios profesionales, contra la entrega de factura
de EL EMPLEADO, la cual deberá contener detalladamente la
operación de los trabajos sobre de los cuales se solicita el pago.
ARTICULO 6: TIEMPO DE EJECUCION
6.1
LAS PARTES aceptan y reconocen que el presente
acuerdo estará vigente por tiempo de un año (1) a partir de la firma del mismo,
o hasta que una de las partes decida ponerle termino, para lo cual se notificará
por escrito, a la otra parte con un plazo de sesenta (60) días calendarios de
anticipación.
ARTÍCULO 7: ENTRADA EN VIGENCIA
7.1
El
presente contrato entrara en plena vigencia a partir de la fecha de la
suscripción de este contrato, por ambas partes.
ARTICULO 8: FUERZA MAYOR
8.1
NI EL EMPLEADOR NI EL EMPLEADO serán responsables de incumplimiento
alguno del contrato si su ejecución ha sido demorada, impedida, obstaculizada o
frustrada por causa de fuerza mayor, tales como inundaciones, huracanes,
ciclones y actos de Dios que afectan de alguna manera la ejecución del contrato.
Solo se podrá invocar fuerza mayor cuando el acontecimiento que esta demorando,
impidiendo o frustrando la realización de los trabajos y/o pagos no pueda ser
imputado a EL EMPLEADO NI A EL EMPLEADOR.
8.2
En
caso de fuerza mayor, la parte afectada o perjudicada notificara a la otra
parte, en un plazo no mayor de cuarenta y ocho (48) horas, de la contingencia y
la posible duración de la misma. De ser necesario, cualquiera de las partes
tendrá la facultad de consultar con la otra la búsqueda de una solución que
termine más rápidamente con la demora. En este caso, las penalidades
establecidas en el artículo 10 de este contrato, no podrán ser aplicadas a los
días de retraso reconocidos por LAS PARTES como consecuencia de fuerza
mayor. Este reconocimiento, deberá ser escrito y firmado por ambas partes, de
no existir este reconocimiento, no podrá ser atribuido el retraso a fuerza
mayor y las penalidades serán aplicadas.
ARTICULO
9: RESCISION DEL CONTRATO
9.1
EL
EMPLEADOR o EL EMPLEADO
podrán rescindir el contrato unilateralmente por incumplimiento grave por
parte de la una o de la otra de sus respectivas obligaciones, sin que medie
procedimiento judicial o extrajudicial alguno, cuando el incumplimiento no sea
originado por acontecimiento de fuerza mayor. En este caso, EL EMPLEADOR no compensara por ningún gasto a EL EMPLEADO, ni su
responsabilidad se vera afectada por su notificación.
9.2
Se
reputará incumplimiento grave la incapacidad probada por cualquiera de las
partes para cumplir las obligaciones asumidas como lo establece el objeto de
este contrato, violación a las leyes nacionales que le imposibiliten cumplir
sus obligaciones, y que se apreste a ir a la quiebra o liquidación mediante
suspensión de pagos.
9.3
Si
en cualquier momento durante la ejecución del presente contrato y en razón de
una falla grave, EL EMPLEADOR o EL EMPLEADO deciden rescindir este acuerdo, la parte ejerciendo este derecho
deberá remitir una notificación escrita a la otra otorgándole un plazo de cinco
(5) días laborales para corregir su falla y ofrecer las explicaciones que
considere oportunas respecto al incumplimiento. Transcurrido este plazo la
parte afectada podrá notificar por escrito a la otra su deseo de rescindir el
Contrato en un término no mayor de quince (15) días laborales.
ARTICULO 10: ELECCIÓN DE DOMICILIO
10.1 Las partes, para los fines del presente
contrato, conviene elegir domicilio de la siguiente manera:
LAS COSAS SAGRADAS, SRL,
EL EMPLEADOR:
Calle…….
San Francisco de Macorís,
Republica
Dominicana
TEL.:
809-
FAX:
809-
Correo
Electrónico:
MARIA FEFA GARCIA, EL
EMPLEADO:
En
el Juzgado de Trabajo del municipio de
San
Francisco de Macorís, Provincia Duarte,
Y
en la Calle XXXX No. XX de la ciudad
de
San Francisco de Macorís,
Republica Dominicana.
TEL.
Correo
Electrónico:
10.2 En caso de que algunas de las partes
cambien de dirección, deberá comunicarlo por escrito de inmediato a la otra
parte en un plazo de cinco (5) días laborales.
10.3 Todo aviso, solicitud o comunicación que
las partes deban dirigirse en virtud del presente contrato, se efectuara por
escrito y se considera realizado desde el momento en que el documento
correspondiente sea entregado y recibido por representantes designados por
ambas partes.
ARTÍCULO 11: JURISDICCIÓN Y ELECCIÓN DE DOMICILIO
11.1 Para todos los efectos legales derivados
del presente contrato, las partes se someten expresamente a las leyes y
jurisdicción de la
Republica Dominicana, haciendo elección del domicilio en las
direcciones que ambas mencionan en el artículo 10 de este contrato.
ARTÍCULO 12: NATURALEZA DEL CONTRATO
12.1 Queda expresamente convenido entre las
partes que el presente contrato es exclusivamente para la prestación de los Servicios
de GERENTE DE OPERACIONES, en el proyecto de expansión y crecimiento de la entidad comercial LAS COSAS SAGRADAS, SRL, en el área de Ventas y Servicios en
General desde San Francisco de Macorís para todo el territorio nacional e
internacional e internacional, por su propia cuenta e independencia, razón por
lo cual, no existe ningún otro tipo de obligación pecuniaria por parte de EL EMPLEADOR respecto de EL EMPLEADO, salvo las previstas en el
mismo.
ARTÍCULO 13: INDEPENDENCIA LABORAL
13.1 Las partes aceptan y reconocen que el
presente contrato no establece una relación de subordinación laboral, bajo el
código de trabajo de la
Republica Dominicana, entre EL EMPLEADOR y EL EMPLEADO o sus empleados, por lo que
expresamente EL EMPLEADO libera
por este medio a EL EMPLEADOR de toda acción o demanda laboral,
que la misma, o sus empleados, intentaren en su contra, derivada del cumplimiento
y ejecución del presente contrato. Asimismo, queda expresamente convenido y
pactado entre EL EMPLEADOR y EL EMPLEADO,
que durante la vigencia del presente contrato los empleados de EL EMPLEADO no se beneficiarán, ni serán sujetos de beneficiarse de los beneficios
marginales provistos por EL EMPLEADOR
a sus propios empleados.
13.2 Asimismo, EL EMPLEADO por medio
del presente contrato, declara que, las personas que esta asigne a la
realización de los trabajos objeto de este documento serán consideradas como
sus propios empleados, por lo que EL EMPLEADO será el responsable frente a
ellos del pago de los salarios que les corresponda, así como de todas las
compensaciones a que tengan derecho, según las disposiciones del código de
trabajo de la
Republica Dominicana, sus modificaciones, y de cualquier otra
ley de la
Republica Dominicana; y, en consecuencia, se compromete a
mantener a EL EMPLEADOR libre e indemne de cualquier tipo
de reclamación que pudiese incoar dichos empleados por concepto de las
obligaciones ante mencionadas.
ARTÍCULO 14: NO-ASOCIACION
COMERCIAL
14.1 Las relaciones entre las partes
resultantes del presente contrato serán relativas a la provisión de Servicios Independientes
objeto del mismo, no pudiendo considerarse lo contenido en el mismo como constitutivo
de asociación comercial o empresarial entre ellas.
ARTICULO 15: NO-EXCLUSIVIDAD
15.1. Es
entendido y aceptado por las partes que el presente contrato no tiene carácter
de exclusividad, por lo que las mismas se reservan el derecho de concertar con
otras empresas o personas físicas de la misma naturaleza.
ARTICULO 16: DE LA PROPIEDAD DE LOS DOCUMENTOS
16.1. Las partes de común acuerdo aceptan que
todos los estudios técnicos, informes, planos y demás documentos que
prepare EL EMPLEADO, en cumplimiento de los Trabajos de Servicios, de
conformidad a este contrato, pasaran a la propiedad de EL EMPLEADOR. Estos documentos serán entregados a EL EMPLEADOR bajo cualquier
circunstancia, sea por terminación de los trabajos, por rescisión, o bajo
inventario pormenorizado. EL EMPLEADO podrá conservar una copia de
dichos documentos, pero no podrá utilizarlos para fines ajenos a este contrato,
sin el consentimiento previo y por escrito de EL EMPLEADOR, a pena de ser instruido en un procedimiento legal,
por uso y abuso de documentos que no son de su prioridad.
HECHO, LEIDO, APROBADO Y
FIRMADO en XX (XX)
originales de un mismo tenor y efecto, uno para cada una de las partes, cuatro
para la Secretaria de Estado de Trabajo y uno para el Notario Publico actuante,
en el municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte. El presente
contrato consta de XXXX (XX) fojas escritas de un solo lado, a los XX y siete (XX)
días del mes de abril del año Dos mil XX (20XX).
Por: LAS COSAS SAGRADAS, SRL
_______________________________________
SR. DR. PEDRO POTU LINE
EL EMPEADOR
_______________________________
SRA. MARIA FEFA GARCIA
EL EMPLEADO
YO, LIC.XXXXX L. XXXX XXX,
Abogada Notario Público de los del número de este municipio, inscrita en
el colegio de abogados de la República
Dominicana, bajo el número 1XX – XXX -XX, con estudio
profesional abierto Avenida Libertad, Esq. XXXX, Edificio XXX San XXXX, Altos
de esta ciudad de San Francisco de Macorís, CERTIFICO Y DOY FE: Que las firmas puestas por las partes contratantes, señores DR. PEDRO POTU LINE y SRA. MARIA FEFA
GARCIA, de generales que constan mas arriba, personas a las que he
identificado según sus respectivas cedulas de identidad y electoral, de las
cuales el SR. DR. PEDRO POTU LINE, EL
EMPLEADOR, ha firmado en mi
presencia, indicándome que esa es la manera como el acostumbra firmar todos los
actos de su vida publica y privada y la SRA. MARIA FEFA GARCIA, ha procedido a
firmar sin mi presencia, habiendo recibido este acto a través de la compaña de
envíos internacionales XXXX XXX, Envio
No______, de fecha XX de Abril del año 20XX, y posteriormente devuelto a mi
despacho en fecha posterior por la misma compañía de envíos. En la ciudad y
municipio de San Francisco de Macorís, Provincia Duarte, República Dominicana,
a los diez y XXX (XX) días
del mes de abril del año dos mil XXX (20XX)
______________________________________
LICDA.
XXX L. XXXX XXX
Notario
Público